Publicada en la revista Temas y divulgado por Rebelión, la autora, Camila Piñeiro Harnecker expone sus criterios prácticos sobre la discusión de los roles sobre las cooperativas en el nuevo modelo económico aprobado por el Vi Congreso del PCC.
Estudiosa del tema y entusiasta participante de un fructífero intercambio de ideas, ha publicado numerosos artículos y libros que recogen experiencias en Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Uruguay sobre el sistema cooperativo.
Sus aportes no se quedan en los mecanismos de formación y funcionamiento de las cooperativas, sino que intenta trazar pautas de participación democrática que permitan la formación y desarrollo de una conciencia colectiva, solidaria y socialista.
Consideramos que este aporte, que reseñamos parcialmente por razones de espacio, recoge ideas sustanciales para la discusión y el conocimiento de ese gran reto que es construir el socialismo y lo entregamos a los lectores del Mate Amargo para enriquecer la discusión.
Camila Piñeiro Harnecker
Las principales potencialidades de las cooperativas (4) se derivan en esencia de su modelo de gestión democrática, el cual les permite articular intereses individuales con colectivos (comunes al grupo de integrantes de la cooperativa) e incluso —aunque de forma menos axiomática— con los intereses sociales de las comunidades con las que más interactúan. Esta articulación de intereses tanto materiales (no limitados a la repartición de excedentes) como espirituales motiva a sus miembros a aprovechar la flexibilidad de esas organizaciones para diseñarse de la manera más efectiva, así como a utilizarlas de manera óptima según sus intereses. Además del aspecto motivacional, son conocidas otras ventajas de los modelos de gestión participativos: decisiones más óptimas, flujo de información mayor y más confiable, mejor preparados para la innovación, mayor tendencia a internalizar intereses sociales, etcétera.
La consolidación y expansión de cooperativas en nuestro país traería por tanto importantes beneficios. Ello aumentaría la productividad del sector no estatal y la calidad de sus productos, sin que aumente la concentración de los medios de producción, y con mayor equidad en los ingresos. Al mismo tiempo que facilitaría la cohesión social mediante la coordinación entre los intereses de las empresas no estatales y los intereses sociales de las comunidades, representados en gobiernos municipales, consejos populares u otras organizaciones sociales; y su control mediante vías directas (participación en cooperativas “múltiples” [5] ) y, en la mayoría de los casos, mediante vías indirectas (regulaciones, contratos) más fáciles de fiscalizar dada su obligatoria e inevitable transparencia. La expansión de cooperativas también impulsaría a las empresas privadas a mejorar los salarios y condiciones de trabajo de los trabajadores contratados, pues crearía alternativas de empleo más digno y justo. Además, si se establecen mecanismos y espacios de coordinación (condiciones en los contratos de arrendamiento, cooperativas múltiples, planificación democrática) con gobiernos locales, podrían disminuir los precios de los bienes y servicios que se ofertan en el sector no estatal.
La existencia de la figura legal de cooperativas permitiría legalizar e impulsar lo que viene ocurriendo de manera ilegal entre personas, con licencias de cuentapropismo o no, que producen colectivamente para poder disfrutar las ventajas de la especialización y las de mayores escalas de producción (quienes podrían crear cooperativas de producción; tipo CPA), o que producen de forma aislada y se asocian para disfrutar algunas de las ventajas de la cooperación (quienes podrían crear cooperativas de consumo de empresarios; tipo CCS); así como las prácticas autogestionarias que ocurren en unidades empresariales estatales y podrían resultar en un funcionamiento más efectivo.
Además, posibilitaría transferir la gestión de unidades empresariales estatales de una manera más socializada y efectiva que como se está haciendo actualmente: arrendando de manera individual a cada trabajador, para aquellas actividades divisibles (peluquería, reparaciones); o, cuando las actividades requieren de trabajo colectivo (gastronomía), a una sola persona —al parecer el administrador— que contrata a otros [6] . Ahora que ya se está pasando al arrendamiento de unidades de empresas estatales de mayor tamaño, se hace evidente la necesidad de la coordinación en el proceso productivo: se nombran “coordinadores” cuando son más de tres trabajadores por cuenta propia que lo arriendan. Una mejor opción para los casos de unidades con tres trabajadores o más, sería arrendarlas a cooperativas formadas preferiblemente por los actuales trabajadores de forma voluntaria e informada. Esto le permitiría al Estado “deshacerse” de ellas pero sin dividir colectivos de trabajadores que ya se conocen y tienen la experiencia de trabajar en equipo, y sin crear relaciones de subordinación entre ellos. Además, se establecerían relaciones contractuales de arrendamiento más estables, y sería más fácil controlar que se cumpla con sus cláusulas condicionantes; lo cual será bien importante cuando las actividades transferidas estén relacionadas con necesidades básicas de consumo.
Por último pero no menos importante, la existencia de cooperativas verdaderas permitiría que las personas que las integran satisfagan no solo sus necesidades materiales sino también las espirituales de desarrollarse plenamente como seres humanos: autorrealización profesional, autoconfianza, relación armónica con otros y la naturaleza. Promovería el avance de valores, actitudes y habilidades democráticas (igualdad, responsabilidad, solidaridad, tolerancia por opiniones diferentes, comunicación, construcción de consensos, trabajo en equipo) para la toma efectiva de decisiones en esos y otros espacios; la búsqueda de soluciones colectivas, más justas y des alienantes que permitan prácticas emancipadoras e integradoras.
Estos beneficios se obtienen fundamentalmente de la posibilidad que ofrecen las cooperativas –y otras empresas gestionadas democráticamente— de combinar las motivaciones y condiciones requeridas para un desempeño empresarial efectivo junto con lo necesario para ejercer y consolidar nuestros valores. Es decir, ellas nos permiten satisfacer nuestras necesidades materiales sin renunciar a nuestras necesidades espirituales, las cuales en realidad están estrechamente interrelacionadas. Así, estas formas organizativas permiten romper el ciclo de baja productividad – bajos ingresos, y generar un ciclo de mayor productividad – mayor desarrollo humano que nos acercaría al horizonte socialista.
Limitaciones de las cooperativas para la construcción socialista
No sería objetivo referirnos a los beneficios que se podrían obtener de las cooperativas sin mencionar las limitaciones o deficiencias más importantes que ellas pueden presentar cuando se les pretende usar como herramientas para el desarrollo socioeconómico comprometido con el horizonte socialista. Algunas de ellas pueden ser corregidas con la ayuda de instituciones externas. Otras no son realmente deficiencias propias de las cooperativas si no de las políticas de promoción que se emplean o del contexto en que surgen.
Debe tenerse en cuenta que la figura legal de cooperativa, sobre todo cuando existen políticas que las privilegian, puede ser aprovechada por empresas que no son realmente cooperativas como una manera de disfrutar de esos beneficios. Por ello, debe establecerse una institución de supervisión para identificar los casos de abusos y sancionarlos acordemente. Mientras no se cuente con la capacidad institucional para supervisarlas y atenderlas adecuadamente, deben posponerse políticas de promoción demasiado ambiciosas.
Por otro lado, no es una tarea sencilla ni rápida lograr una verdadera gestión democrática, donde la mayoría de los asociados realmente participen ejerciendo sus derechos y responsabilidades, pues esto implica un cambio cultural que requieren tiempo y continuidad. Para lograrlo, debe establecerse la educación cooperativa (valores, principios, ética, habilidades para la gestión democrática) como una actividad fundamental –quizás obligatoria para su constitución— y facilitarse la educación económica y técnica relevante, de manera que los asociados se sientan mejor preparados para tomar decisiones acertadas o puedan evaluar las decisiones tomadas por los directivos, y haya un ambiente de igualdad de capacidades. Para asegurar que los conocimientos y habilidades democráticos sean utilizados, debe supervisarse su funcionamiento utilizando métodos pedagógicos, acompañados de consultorías, asesorías o mediaciones; e incluso la intervención temporal de su órgano de dirección cuando sea necesario.
Relacionado con lo anterior, cuando se establecen políticas públicas que promueven la creación de cooperativas, es importante tener en cuenta que la decisión de crear cooperativas debe ser iniciativa de los grupos de personas, lo que no quita que se les pueda impulsar y apoyar. Debe darse tiempo a que los beneficiarios de esos programas se conozcan antes de decidir (voluntariamente) con quiénes asociarse, ya que es importante que ellas estén formadas por personas que se tienen cierto grado de confianza y empatía; y que puedan comunicarse de manera efectiva. Por eso mismo, en las cooperativas ya establecidas, debe prestarse atención al relevo generacional, de manera que los nuevos asociados entren de manera gradual.
La gestión democrática de las cooperativas puede resultar en que el tiempo que requiere la participación en la toma de decisiones cree una desventaja ante sus competidores. Por ello, las cooperativas deben buscar que los asociados puedan participar de la manera más directa posible en la mayor cantidad de decisiones posible, pero esto de manera que sea efectivo: que no disminuya la productividad del trabajo (al utilizar tiempo de trabajo para ello), y que no enlentezca demasiado el funcionamiento de los procesos empresariales. Para lograr este balance pueden delegar las decisiones operativas a directivos elegidos, estableciendo claramente los criterios que ellos deben tener en cuenta al tomar las decisiones.
En las cooperativas de producción, algunos asociados pueden asumir comportamientos parasitarios. Como sin dudas hay personas que necesitan una presión externa para motivarse hacia el trabajo, es recomendable que las cooperativas –además de vincular los ingresos a la productividad o resultados individuales (los cuales en procesos productivos más complejos resultan difíciles de medir)— establezcan mecanismos de supervisión colectiva (por los propios grupos de trabajadores) que aseguren que cada asociado cumpla con sus responsabilidades y de lo contrario sea sancionado acordemente, incluyendo la expulsión de la cooperativa y responsabilidad penal.
Como toda empresa que opere en un sistema de relaciones de mercado, bajo la lógica de maximización de la ganancia, las cooperativas puede ignorar o violar intereses sociales (precios especulativos, no pago de impuestos, no calidad de sus productos, contaminación, explotación de trabajo asalariado, etcétera). Por ello es crucial promover espacios de coordinación con gobiernos locales para asegurar que contribuyan a los objetivos de desarrollo del territorio y no atenten contra ellos; lo que requiere que en primer lugar los gobiernos definan sus estrategias, y de la manera más participativa posible.
Finalmente, debe tenerse en cuenta que las cooperativas tradicionales (“de autonomía total”; como tampoco lo son las empresas privadas), dada la incapacidad del Estado de controlarlas directamente al no participar en su gestión, no son las formas empresariales más adecuadas para realizar actividades relacionadas con bienes o servicios de carácter estratégico (energía, comunicación, educación, salud, y otros sectores que así se consideren), las que requieren de grandes inversiones, compromisos a largo plazo y complejas exigencias. Asimismo, las cooperativas tradicionales no son las formas empresariales más adecuadas para la producción de bienes o servicios relacionados con necesidades básicas de consumo (bienes como alimentos, productos de aseo y limpieza, y servicios como el transporte, comunales, etc.), sobre todo en mercados desabastecidos. Dependiendo de las particularidades de las actividades y el contexto en que se desarrollen, para aquellos casos en que no sea necesario una intervención directa en la toma de decisiones, se pueden utilizar cooperativas tradicionales bajo distintos contratos de arrendamiento menos o más estrictos (usufructo, concesión o franquicia) que establezcan los comportamientos esperados y las causas que llevarían a la cancelación del mismo. Mientras que para aquellos casos en que sí es necesario intervenir en la toma de decisiones, se pueden utilizar formas de “autonomía compartida” o cogestión como las cooperativas múltiples donde uno de los asociados sea el gobierno local y / o alguna organización que represente los intereses de las personas afectadas por su actividad.
Por: Hugo Wilkins Méndez