De transformaciones y derecho…

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Por: Marina Morelli Nuñez

No incorporar la dimensión jurídica  constituye un error estratégico, si se piensa en transformaciones conducentes a un sistema de educación, salud,  político, productivo, cultural, económico y social diverso al que rige como modelo global impuesto por el capitalismo.

Sin embargo, la enorme mayoría de hombres y mujeres comprometidos a afectar la realidad de manera positiva y los colectivos en los que se organizan, no suelen incorporar en sus luchas aquella dimensión.  Por otra parte, es frecuente confundir al Derecho con la ley,  dejando de lado otros componentes inherentes como el político y el plano real donde se vive lo que las leyes enuncian.

Mientras unos ni siquiera evalúan incorporar la dimensión, otros conocen sus ventajas: ´derecha y derecho´ no es  juego de palabras,  trata de una íntima y duradera relación. Los privilegiados de siempre, quienes han tenido patrias enteras al servicio de sus diminutos intereses, sujetos con alto oficio en parapetarse en los diversos espacios de poder y las comitivas de alcahuetes que siempre les acompañan, se han servido a su antojo del derecho. Esta razón, entre otras, provocó que esté convencida de la existencia de una especie de pacto-burgués muy posmoderno que contempla al Derecho con función específica, en sitial de jerarquía y preeminencia de accionar cuyo objetivo es la permanencia de un sistema nefasto para la humanidad y su ambiente, aunque muy ventajoso para una minoría que acumula capital.

Los «pactos» tienen sus teorías históricas, filosóficas, económicas y políticas que los explican en origen, lógica y sostenimiento. Sin embargo, al referirme a la idea del pacto-burgués muy posmoderno,  más bien me fundo en haber vivenciado una época de aplicación de políticas neoliberales, en la que explícitamente todo poseía valor de mercado. Y en ese todo se incluía a hombres y mujeres, cuya enorme mayoría cotizaba a la baja, justificándose así la explotación y exclusión.

Aquella década del noventa coincidió con mi educación formal tercearia, que respondía cabalmente a la matriz del sistema. Colectivizar el aspecto anecdótico de ansiar revolución y ser estudiante de la Facultad de Derecho, reconozco que tornaría muy entretenida la lectura de estas líneas, pero no es la idea. Solo hacer constar que seis años de nado a contracorriente, no era cuestión de rebeldía, más bien de supervivencia. Resaltar así, que educar personas para sostener al sistema imperante, es también una antigua metodología que la derecha pone en práctica y le brinda notables frutos.

Los aspectos mencionados son insignificantes si pensamos en los omitidos, pero facilitan comprender que no es «mera casualidad» que el Derecho se conciba como «el conjunto de normas que rige en una sociedad, en un tiempo determinado y regula la conducta de sus componentes». Se trata de un enunciado reiterado discursivamente y escrito en cuanto papel exista y digamos pues, que muchos se lo han creído.

Sin embargo, aspirar a la transformación real y poseer una visión crítica de la ciencia jurídica, implica no conformarse con aquella  concepción tradicional, precaria y sobre todo, tremendamente peligrosa. La ausencia de cuestionamientos implicaría aceptar dócilmente demasiada injusticia.

En realidad, el Derecho más que un inocentón y justo conjunto de normas, es una invaluable herramienta de poder. De poder de transformaciones, pero también de perpetuar inmerecidos privilegios; de poder garantizar el goce de derechos fundamentales, pero también de justificar las peores atrocidades.  El  Derecho coadyuva tanto a explicar, sostener y perpetuar los sistemas, como a afectarlos, desmontarlos y ponerles fin.

Concebir a la ciencia jurídica como una herramienta útil para deconstruir  o al menos debilitar el orden impuesto,  nos compromete previamente a resignificar lo que entendemos por Derecho, incluyendo  todos sus componentes:  “desde esta nueva postura, el derecho se entiende como compuesto por las normas formalmente promulgadas (el componente formal normativo del derecho), las surgidas del proceso de selección, interpretación y aplicación de las leyes (componente estructural o derecho judicial), y las reglas informales que determinan quién, cuándo y cómo se tiene acceso a la justicia y qué derechos tiene cada quien (componente político cultural)”. ( Alda Facio Montejo).

Así resignificado, se interpreta  a la realidad de otra manera  y quizá  se comprenda por qué  el derecho de propiedad se protege con mayor énfasis que el derecho a la vida e integridad; por qué ante la comisión de idénticas conductas delictivas algunos magnánimos señores tienen asegurada su impunidad, en tanto otros ciudadanos son encarcelados; por qué al tiempo de acceder al sistema de justicia hay ciudadanía de primera, de segunda y hasta tercera categoría, por qué el espectro radioeléctrico patrimonio de la humanidad se reservó a selectas familias que se enriquecieron a millones, por qué en un laicidad declarada, igualmente  el poder eclesiástico interfiere al Estado, por que hablar de rechazo a la extranjerización y concentración de la tierra se limita a cobrar un impuesto y no a prohibirlo…

Es importante comprender los tres componentes del Derecho, para evitar reducir la enorme dimensión jurídica, a uno solo de sus componentes, esto es, el normativo o formal.  De lo contrario se dará batalla promulgando leyes, que las más de las veces serán aisladas o sin conectividad lógica entre sí y el restante marco normativo, con poca probabilidad de impacto real, positivo, duradero,  y que sólo lograrán emparchar un sistema que continuará incólume.

Cuando la dimensión jurídica se incorpora o transversaliza debidamente para comprender como opera el Derecho en la realidad, surgen un cúmulo de elementos nuevos que verifican que hay desiguales entre los iguales, y contemplado como centro  al hombre y no a la humanidad. Más puntualmente al hombre, blanco, heterosexual,  mayor de edad y  burgués radicado en lo urbano. Y a quienes no cabemos en el molde, el sistema de derecho nos categorizó de forma marginal: marginal  al dueño de los medios de producción, marginal al jefe de familia, marginal a los heterosexuales, marginal a los mayores  de edad,  marginal a los blancos y así sucesivamente marcando dependencia, sumisiones, cosificación que logran gozar de una inaceptable legitimidad cuando ello se hace visible.

En conclusión, hoy el  Derecho (entendido en sus tres componentes) explica, sostiene y perpetúa  el orden capitalista y patriarcal y su consecuente modelo global que selectivamente culpabiliza, empobrece, explota, oprime, margina, invisibiliza y silencia a quien le venga en gana.

Si en las organizaciones sociales se generan espacios para profundizar sobre estos aspectos, es formidable verificar como de manera colectiva las personas logran  conocer, reconocer y reconocerse en las exclusiones e injusticias que genera y encubre el Derecho. Desarrollar pensamientos e ideas respecto a la dimensión jurídica, provoca accionar para revertir la realidad y  encontrar los mejores caminos  para lograrlo. En nuestro país existen experiencias en ese sentido, en las cuales organizaciones se unen -por ejemplo- en acciones jurídicas innovadoras, utilizando herramientas pensadas por el constituyente, seguramente, para sostener el sistema y no para cuestionarlo.

Desde ya, que incorporar la dimensión jurídica también permite superar esa especie de concepción  sagrada que se impuso en nuestro país – y otros- respecto de determinadas normas. Definitivamente, no hay ningún instrumento jurídico sagrado. Con intencionalidad evidente, algunos fueron sacralizados y con ello se logró demonizar a quien manifieste una visión crítica e ímpetu de aportar a su mejora. Mencionar a la Constitución de la República Oriental del Uruguay, es un buen ejemplo de ello.

Pero cuando la dimensión se incorporó y son hombres y mujeres quienes se reconocen excluidos, marginados y explotados por ese instrumento constitucional, ya no hay cucos demoníacos que los frene. He vivenciado experiencias en ese sentido, pero recuerdo especialmente una: buscando respuesta a un montón de preguntas recurrí a colectivizar un artículo de la Constitución. A partir de allí, presencie un análisis exquisito y  las más innovadoras propuestas para construir una definición constitucional de familia, verdaderamente incluyente y respetuosa de las diversas formas que las personas  libremente tienen derecho a darse. ¿Si sucedió en un ámbito académico? No. Fue en una organización social del Barrio la Teja. ¿Si la discusión fue entre expertos constitucionalistas? Tampoco. Eran adolescentes y jóvenes embarazadas,  victimas de múltiples discriminaciones y en especial situación de vulnerabilidad social.  En ellas, no hubo sacralidad suficiente que lograra detenerlas.

Incorporar la dimensión jurídica al activismo social y a la militancia política (en la más amplia acepción de la palabra), posibilita múltiples riquezas en la experiencia. De hecho, también imprime  una lógica distinta para la acción, que quizá resulte hasta esperanzadora.  Desde esta perspectiva,  una nueva Constitución jamás podría ser el producto de un pacto político partidario o entre poderosos,  y  las condiciones que generen el proceso tampoco surgirían  entre las suntuosas paredes de edificios gubernamentales. Por ello, me referí a la esperanza.  No es utópico pensar que las nuevas generaciones podrían gozar de una Constitución mejor a la actual.  Lo errado es  pretender que los privilegiados generen las condiciones para perder sus privilegios, o que los toditos iguales  posibiliten la participación de los desiguales, o que los explotadores se auto prohíban la explotación. Ello carece de sentido.  Las condiciones se generan en otros espacios.

Por las razones y sin razones colectivizadas, es que estoy convencida que constituye un  error estratégico, el no incorporar la dimensión jurídica a la lucha por la dignidad humana y la construcción de un sistema distinto al que impera.

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