Por: Walter Fernández Val
La formación docente en Uruguay ha adoptado a lo largo de la historia diferentes formas y enclaves dentro del sistema de educación pública. Hasta el año 1972 la formación de maestros, profesores y maestros técnicos se encontraban ubicadas institucionalmente en el Consejo Nacional de Educación Primaria y Normal (Institutos Normales de formación de maestros, además del Instituto Magisterial Superior que brindaba cursos de posgrado), en el Consejo de Educación Secundaria (Instituto de Profesores Artigas), y en la UTU (Instituto Normal de Enseñanza Técnica), respectivamente.
Posteriormente al año 1972, la Formación Docente pasó a depender en épocas de dictadura directamente del CONAE (Consejo Nacional de Educación, ley 14.101), y en el período 1985 – 2010 del CODICEN de la ANEP.
Ya en el presente período de gobierno, se crea en el ámbito de la ANEP el Consejo desconcentrado de Formación en Educación (CFE). En la actualidad el CFE cuenta con 32 centros distribuidos en todo el país, 2.400 docentes y más de 20.000 alumnos.
La última ley de educación 18.437 (2008) prevé que con la actual base del CFE se creará el Instituto Universitario de Educación (IUDE). En mayo de 2012 el Poder Ejecutivo elevó al Parlamento el Proyecto de Ley Orgánica del IUDE, el mismo se encuentra actualmente en la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes.
Parece existir acuerdo en que la importante transformación que ha desarrollado la formación docente en los últimos años la lleva inequívocamente a transformarse en universitaria. La denominación que prevé la ley de “instituto” no es adecuada por diversos motivos, por lo cual es pertinente crear una Universidad Nacional de Educación (en lugar del IUDE). No significa esto solamente un cambio de vocabulario, sino que la diferencia entre un instituto y una universidad es conceptual. Existen muchos ejemplos en la región de universidades dedicadas a la formación de docentes, por ejemplo la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) de Venezuela, la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) de México, la UPN de Colombia, la Universidad Pedagógica Nacional de Honduras, o la Universidad Pedagógica de Buenos Aires (UNIPE). El tránsito de una formación docente “normalista” a una de carácter universitario es la evolución natural que se ha registrado a nivel regional y mundial.
Es evidente que la sustancia del concepto de Universidad está en las funciones y no en la forma institucional que se adopte; pero no es menos evidente que el marco institucional puede ser determinante en cuanto a la eficacia con que aquellas funciones se cumplan.
Son estas características, referidas a las funciones y a la forma de gobierno de la institución que ha de formar a los profesionales de la educación, las que nos llevan a sostener que el nuevo organismo a crearse debe ser una Universidad.
En consecuencia las autoridades y organismos de la nueva institución deberían tener el rol usual a nivel universitario (Rector, Decano, etc.). Por otra parte para instaurar el cogobierno -característica intrínseca de las universidades- se deberá consagrar la representación de los órdenes (docentes, estudiantes, egresados y funcionarios) democráticamente electos, que tendrán poder de decisión sobre los temas académicos, técnicos y financieros, en los niveles central y local. Existe cierta confusión entre los términos “conducción” y “coordinación”. Lo que la ley debe explicitar son los órganos de conducción de la Universidad. La coordinación con otros organismos de la educación o con la sociedad, no serán resueltos por el hecho de que, por ejemplo, representantes de ANEP, de la Udelar, de los partidos políticos, del Parlamento o del Poder Ejecutivo integren el órgano de dirección de la nueva Universidad a crearse. Los órganos de conducción se ocuparan cotidianamente de su función educadora, es por eso que deben estar al amparo de los avatares de la política y gozar de plena autonomía.
Por último la futura Universidad no se crea de la nada. La formación docente se ha desarrollado en un transcurso histórico y llega a la actualidad en un proceso de acumulación de masa crítica en conocimiento, en formación de docentes, en matrícula estudiantil, en planta edilicia. Desconocer la historia y la base material con la que se cuenta actualmente constituiría un error.
En ese sentido, el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para la creación del IUDE, en su articulado, parece desconocer la base material existente pues ni siquiera nombra los actuales Institutos y propone una compleja organización en regionales. En la ley debe existir un artículo que establezca que la Universidad a crearse se formará con todas las instituciones actualmente dependientes del Consejo de Formación en Educación de la ANEP.
Para finalizar entendemos que las funciones de la futura Universidad deberían estar organizadas a nivel nacional, en Pro Rectorados o Vice Rectorados, según lo que es costumbre en las universidades latinoamericanas. La propuesta consiste en crear un Vice Rectorado de enseñanza de grado, organizado según especialidades (maestros, profesores, etc), otro Vice Rectorado de posgrados e investigación, y un tercer Vice Rectorado de extensión. Lógicamente la Universidad creada quedaría habilitada a crear otros que crea necesario.
De aprobarse la ley, tal como venimos acordándola, las tres Universidades Públicas disponen de un potencial que permite pensar, en programas y proyectos de investigación y de extensión emprendidos de manera conjunta y coordinada, asociando cuando convenga a la ANEP a otros recursos educacionales y culturales con los que cuenta el Estado. Todo esto trasladaría la educación pública estatal a estadios superiores.