Por: Camilo Cejas
Siete años después de los convenios que permitieron la implementación del software privativo Genexus en Venezuela, contraviniendo las normas legislativas de ese país, comunidades y estados tienen algo que aprender de esa experiencia.
El marco legal: el Fideicomiso Bolívar-Artigas
El 2 de marzo de 2005 se firmó un Tratado de Seguridad Energética entre Uruguay y Venezuela, el Fideicomiso Bolívar – Artigas, valuado en 200 millones de dólares, para impulsar el intercambio de bienes y servicios. Mediante este tratado, se estableció que el 75% de las compras de petróleo que Uruguay efectuara a Venezuela, podían devolverse en forma de productos y servicios prestados tanto por empresas públicas como privadas de Uruguay.
Ese mismo año se realizó una ronda de negocios a la que asistieron 130 empresarios privados uruguayos para cerrar acuerdos. Finalmente, los únicos intercambios comerciales que se concretaron fueron con el sector informático; otro con una empresa de viviendas prefabricadas y un tercero, de exportación de ganado vacuno.
El 9 de diciembre de 2005 se firmó un acuerdo de cooperación en materia de Tecnologías de la Información, Industria de Software, Equipamiento Informático y Comunicaciones entre la República Bolivariana de Venezuela y Uruguay1Acuerdo de cooperación en materia de Tecnologías de la Información, Industria de Software, Equipamiento Informático y Comunicaciones con la República Bolivariana de Venezuela..
Artech, Genexus y la invasión privativa
En el año 2002-2003, se produjo un lock-out patronal en Venezuela, que incluyó la paralización total de PDVSA, la empresa petrolera de Venezuela, fundamentalmente a través del sabotaje informático que se realizó contra el núcleo que controlaba las operaciones y acciones de la empresa petrolera2Licencias para el golpe de estado: el sabotaje a PDVSA. Este sabotaje fue posible porque la estructura informática de PDVSA dependía en buena medida de servicios y software privativo, controlados por empresas que se encontraban ubicadas, en su mayoría, en Estados Unidos, y que por lo tanto se negaron a colaborar con el gobierno venezolano para mantener las operaciones de la petrolera. Algunos miembros prominentes de las comunidades de software libre de Venezuela participaron en el rescate del cerebro de PDVSA, pero el sabotaje demostró la fragilidad subyacente en la utilización de software privativo controlado por proveedores extranjeros.
Este fue el contexto que originó que en 2004, el presidente Hugo Chávez firmara el decreto 3.390, donde se estableció que el Estado Venezolano usaría preferentemente software libre y migraría sus sistemas a dichos sistemas cuando fuera posible, para garantizar la soberanía tecnológica.
Más allá de las limitaciones de efectivización del decreto 3.390, quedaba claro que si en el marco del Fideicomiso Artigas-Bolívar se incluía el intercambio comercial de servicios informáticos, la implementación de cualquier solución tecnológica debía regirse por los principios establecidos en el decreto 3.390 del Estado Venezolano, es decir, debían ser software o servicios informáticos licenciados con una licencia GPL o compatible con los postulados del software libre.
El 5 de mayo de 2006 se firmaron, previo a la Declaración Conjunta de la Comisión Técnico Mixta Uruguay-Venezuela, siete documentos comerciales que incluían servicios de software, entre los que se encontraba uno denominado “Instalación del laboratorio de investigación y capacitación en tecnologías GENEXUS»3Acuerdos en Comisión Técnico Mixta Uruguay-Venezuela.
Genexus es una herramienta diseñada por la empresa Artech, que sirve para crear código fuente de programas a través de declaraciones y diagramas. Es decir, es un software que sirve para obtener el código fuente que generará el software. El resultado final, puede ser multiplataforma o no, dependiendo del ‘generador’ (comercializado en forma independiente por la misma empresa) que se utilice. Sin embargo, que los resultados obtenidos a partir del software puedan funcionar multiplataforma no implica que el software como tal sea libre. De hecho, el código fuente4El código fuente es el código generado por el humano y comprensible por los humanos; el código objeto es el código generado por la máquina y comprensible para las máquinas, y escrito en una combinación de ceros y unos., de GENEXUS y el código fuente de los diversos generadores, no está publicado en ningún lado (y por lo tanto, es imposible acceder a él) ni tampoco tiene una licencia GPL o compatible con los modos de licenciamiento del software libre. El mayor problema es que aún cuando el código fuente generado a partir de esta herramienta fuera libre, el código que genera el diseñador Genexus es incomprensible: precisamente, al no poder saber qué funciones utiliza para generar el software se puede pensar que se “ensucia” el código que debería ser legible. De manera muy esquemática, se podría decir que en vez de devolver una línea de código para escribir la frase “hola mundo”, el generador devuelve la llamada a dos o mas funciones intermedias (utilizando nombres de variables con números y símbolos) que terminan ocultando algo que sería muy fácil de identificar en cualquier lenguaje, por lo tanto esto hace que ese código no pueda ser leído y comprendido por un humano. Si el código es incomprensible para un ser humano, no podrá ser modificado por él, y por lo tanto, se perderá así uno de los conceptos centrales del software libre.
Sin embargo, en el año 2006, la Agencia Bolivariana de Noticias publicó una noticia donde informaba que el Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI) y la empresa Langecor (nombre con el que Artech hizo sus negocios referidos a Genexus en Venezuela) estaban al frente del desarrollo de un proyecto de cooperación tecnológica que apuntaba a fortalecer el manejo de conceptos primordiales y elementos necesarios para el diseño, desarrollo y prototipos de aplicaciones en Genexus 9.05MCT capacita a técnicos venezolanos con apoyo de Uruguay. Agencia Bolivariana de Noticias, para lo cual se establecieron distintos cursos de formación en dicho sistema, que se realizaron durante 2006 y 2007, y en los cuales Genexus era presentado como un programa generador de Software Libre y a Langecor como una empresa proveedora de software libre. La cooperación se efectuó en el marco del convenio “Integral de Intercambio Energético” y el Acuerdo de Cooperación en Materia de Tecnologías de Información.(6)
Este acuerdo entre Venezuela y Artech, también fue posible por la existencia de una contraparte Venezolana poco comprometida con el decreto presidencial y con la legalidad. Algunas de estas personas fueron quienes estuvieron involucradas también en un convenio CNTI-IBM por el cual esencialmente se le daba potestad a la empresa estadounidense de decidir cuál software iba a ser utilizado por el Estado Venezolano.
A mediados del año 2006 el Presidente Chávez anunció una serie de convenios entre Venezuela y Uruguay entre los cuales estaba un convenio con la empresa Artech, autora del software Genexus, en el que afirmó «Uruguay es una de las mayores potencias de Software Libre del mundo», una falsedad que demostraba que algunos de sus subalternos lo estaban engañando.(6)
La comunidad contraataca: reestructuración y decadencia
En el año 2007 la comunidad de Software Libre de Venezuela denunció que el software Genexus, que se estaba utilizando en el Estado Venezolano, no era software libre ni permitía tampoco generarlo6«Genexus» un engaño Capitalista del MCT en pleno Socialismo del Siglo XXI.7¡Ministro Chacón en pro del Conocimiento Libre! Esperamos su ayuda en el caso Genexus-Artech.
A raíz de estas críticas, y del cambio dispuesto por el gobierno de Venezuela de las autoridades de la CNTI, el gobierno venezolano decidió reestructurar el acuerdo, y pactó con Uruguay la creación del proyecto Altagracia destinado a crear un generador de Código Libre para la herramienta de diseño Genexus. Carlos Figueira, quien asumió como presidente del Centro Nacional de Tecnologías de la Información, señaló8El presidente del Cnti asegura que ahora sí habrá soberanía tecnológica.
«Encontramos que alrededor del convenio energético Uruguay-Venezuela se habían instalado varias herramientas basadas en Genexus, que tiene muchas propiedades, pero que no eran software libre; es decir, no podríamos obtener la soberanía que se profesó con el decreto 3.390, que es una consecuencia, no una causa. Por lo tanto, este generador no daba la soberanía porque uno no sabe cómo está hecho”.
En el año 2012, el CNTI ordenó el cierre administrativo de Altagracia. El proyecto se detuvo debido al poco interés de Venezuela en esa tecnología, y además había un problema filosófico de base: nadie estaba obligado a liberar el código fuente sobre el cual se había trabajado. El proceso de cierre administrativo del proyecto incluye la devolución de todo el dinero que se entregó como anticipo (533 mil dólares), dado que los objetivos del proyecto no se cubrieron. “El proyecto, sin embargo, básicamente se terminó, aunque las pruebas no nos permiten tener un sistema funcional, con lo cual ese sistema no nos sirve para lo que queremos hacer en el país”.
El fracaso de este último intento por parte de Artech de vender su software con la promesa de que podía generar software libre llegó a ámbitos diplomáticos, donde la contraparte venezolana se expresó duramente respecto a Artech en la Comisión Binacional de Planeamiento y Seguimiento Estratégico Uruguay – Venezuela (COBISEPLAE). En ese ámbito se acordó entre otras cosas que Venezuela enviaría a la Cancillería del Uruguay toda la información acerca de la empresa Langecor S.A. y que en caso de ser necesario y a solicitud de la parte venezolana el Gobierno uruguayo analizará las medidas legales que correspondan adoptar frente a la empresa9IV Comisión Binacional de Planeamiento y Seguimiento Estratégico (COBISEPLAE) Venezuela- Uruguay.
Independientemente de lo que se defina en la COBISEPLAE, se trata de un problema de múltiples aristas. Por un lado, el engaño (intencional o no) al que condujo Artech al Estado Venezolano, ofreciendo como software libre un desarrollo que a todas luces no lo era. En segundo lugar, las acciones de esta empresa uruguaya, que actuó con el auspicio de sectores políticos uruguayos y mandos medios venezolanos que avalaron el acuerdo, llevaron al estado uruguayo a tener un conflicto diplomático, al tiempo que lesionaron fuertemente la soberanía tecnológica del estado venezolano, cuya salvaguarda se pretendía con el decreto sobre software libre firmado por Hugo Chávez.
Ley de Software Libre y la frase de la discordia
Desde el año 2006 se está analizando en el parlamento Uruguayo un proyecto de ley que prioriza la compra de software libre frente al privativo en el Estado.
En el año 2012, las comunidades de software libre del Uruguay participaron de un seminario a nivel parlamentario para exponer los distintos puntos de vista respecto a la ley y proponer modificaciones a la misma.
El Centro de Estudios de Software Libre propuso que se agregara una frase al proyecto original, la cual finalmente fue analizada por los legisladores del oficialismo, e incluida en el texto final que se elevó a la Cámara de Senadores, donde actualmente está en estudio. La incorporación refiere específicamente a los generadores del código fuente y exige que de adquirirse software a través de la preferencia de software libre que la ley otorga, los programas necesarios para su desarrollo (generadores) deben estar licenciados también como software libre. Como se vio más arriba, esto es fundamental para que el código resultante pueda ser comprensible por humanos y por lo tanto pasible de ser modificado.
Esta salvedad no es menor, y es la que evitaría que al Estado Uruguayo se le venda software privativo con el compromiso de que puede generar software libre o en otras palabras, que se engañe al Estado uruguayo como se engañó al venezolano.
Las entidades que coincidieron previamente en su oposición frontal al proyecto, como Agesic y la Cámara Uruguaya de Tecnologías de la Información (CUTI)10Comisión Especial de Innovación, Investigación, Ciencia y Tecnología de diputados. Versión taquigráfica de las comparecencias de CUTI y AGESIC. (1º de octubre de 2012), han variado su posición y ahora afirman que de aprobarse una ley, la misma debería modificarse11Comisión de Ciencia y Tecnología del senado. Versión taquigráfica de la comparecencia de CUTI. 17 de junio de 201312Comisión de Ciencia y Tecnología del senado. Versión taquigráfica de la comparecencia de AGESIC. 3 de junio de 2013.
Casualmente nuevamente ambas coinciden en propuestas alternativas de redacción que eliminan la frase mencionada.
El caso Venezuela-Artech demuestra que aunque hayan definiciones políticas a nivel gubernamental o legislativo en pos del software libre, mandos intermedios inescrupulosos o vinculados al sector privado pueden oficiar de un contra-poder en el seno del Estado. Sin embargo, pueden obtenerse enseñanzas de esta experiencia, que permitan a gobiernos y a la comunidad de software libre, no cometer los mismos errores, cerrando los resquicios legales que habilitan este tipo de prácticas, y no encomendando a organismos con conflictos de intereses la implementación o fiscalización de estas legislaciones.
El proyecto de ley de software libre en Uruguay va por ese camino13Texto del proyecto de ley de Software Libre y Formatos Abiertos en el Estado.
Lectura adicional:
«Por un convenio de Software Libre con Uruguay que realmente sea distinto». Comunicado del Comité de Voceros de Tecnologías de Información Libres.
Referencias