Columna sobre Cultura, enfocada a la Música Libre

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“En los hechos ningún músico vive de los derechos de autor, ni Jaime Roos vive de los derechos de autor”.

Entrevista a Patricia Díaz: es abogada dedicada al tema de la Cultura Libre. Actualmente es docente en la Unidad de Capacitación de la UdelaR y está involucrada en proyectos relacionados con los Recursos Educativos Abiertos. Está terminando una Maestría en Relaciones Internacionales (Tesis: “Impacto económico de las políticas gubernamentales de apoyo al Free/Libre and Open Source Software en el MERCOSUR”). Es la asesora legal del equipo de Creative Commons Uy.

Vuelve el otoño a Montevideo la lluvia moja las calles y entre vendedores de paraguas nos encontramos con Patricia Díaz Charquero en la Av. 18 de Julio, la lluvia no nos impide pensar en un lugar tranquilo para charlar, nos decidimos por el Cine Universitario que media hora antes de abrir sus puertas con gran amabilidad nos facilitó el espacio para que hagamos esta entrevista.

¿Qué es Creative Commons Uruguay?

Es una organización… los capítulos de CC uy son de personas que un país se organizan y firman un memorando con CC central para generar un capítulo, porque no tenemos personalidad jurídica, para ello se necesita un asesor legal, alguien que lleve un sitio informático, alguien de medios community manager y una institución afiliada, esto es lo que se necesita para darle un sustento institucional. CC central se comunica con la institución afiliada, que es la de asociación de bibliotecólogos del Uruguay.

¿Desde cuándo rige legalmente CC uy?

Oficializamos el capítulo en diciembre de 2014, aunque trabajamos desde febrero de 2013 con el apoyo de CC central. Queríamos conseguir a la Udelar… la Udelar es muy burocrática, no es que no hubo apoyo hay mucho apoyo, quisimos oficializarnos a través de los que estaban más dispuestos, la ABU.

Enfoque sobre la música
Preguntas e incógnitas de músicos independientes sobre cuestiones legales.
¿Cuál es la diferencia entre Agadu y el registro de obras en la Biblioteca Nacional?

Bien, no tienen nada que ver uno con el otro (risas)… Agadu es una gestora de derechos, la ley de derechos de autor prevé que los autores se pueden agrupar y decidir de gestionar los derechos de formas colectivas y generar instituciones como Agadu que son los que gestionan los derechos de sus socios.

El registro de derechos de autor de la Biblioteca Nacional es un lugar donde oficialmente un autor puede registrar su obra para generar prueba, porque el derecho de autor existe antes del registro, siempre cuando hay un tipo de conflicto es bueno tener la obra registrada.

Un autor puede registrar su obra pasando por la Biblioteca Nacional, sin tener que asociarse a Agadu, esta entidad privada, Agadu genera la gestoría del registrante, es un intermediario, es bueno entender que los autores no tiene que pasar por Agadu para registrar sus obras, que tampoco tienen que ser socios, el servicio de Agadu ofrece el registro y se queda con un copia de todos sus registrados probablemente., el registro oficial es el de la biblioteca nacional.

También pueden registrarse online bajo https://www.safecreative.org/, un servicio online que genera una prueba legal, de forma rápida aunque vale más registrar en la Biblioteca Nacional.

¿Qué es Agadu?

Agadu es una institución privada que tiene relaciones con lo público, porque está reconocida por organismos públicos como el Ministerio de educación y Cultura más otros organismos que exigen en muchos casos el ser socio de Agadu o haber registrado tu obra para presentarte para recibir fondos de algún llamado, en ese caso la gente se confunde por el poder de inspección que tiene Agadu que es fuerte, viene un inspector de Agadu a una fiesta, a un local bailable y a uno le da la impresión de que es gubernamental, Agadu gestiona los derechos de sus socios, también genera de no socios. Agadu no es la policía, un autor está interpretando una obra propia y lo está haciendo el mismo, no es socio de Agadu no tiene porque pagar Agadu, eso es algo que cuando vos llamas Agadu ellos no te lo saben decir, esta ese imaginario que es un organismo público recaudador y no es así.

¿Agadu admite que sus socios licencien con licencias libres?

En realidad hemos tenido charlas desde CC uy con representantes de Agadu y ellos dicen que no tienen problema con las licencias libres, el problema es que administrativamente no tienen cómo diferenciar el cobro, por ejemplo ellos cobran un genérico que después se lo entregan al autor, uno por interpretación y/o por derecho de autor, cuando un autor licencia su obra musical con una por ej: licencias atribución no comercial, dice que su obra se obra se puede usar para remixar, obras derivadas pero sin fines de lucro y cuando es con fines lucro tendría que contactarse el autor y o la gestoría y llegar a un acuerdo… negociar.

El sistema de Agadu no está armado para eso, ellos cobran todos los usos honorarios para la educación, para cualquier fin, sin fines y con fines de lucro, no diferencia, es una incompatibilidad administrativa, los propios representantes dicen que no tienen ningún problemas con licencias CC la cuestión es que en los hechos si los socios de Agadu quisieren licenciar por algunos derechos reservados, no podrían estar diferenciado eso, se cobraría por todo. Sería un lindo trabajo juntarse con Agadu y que exista voluntad de que sus socios puedan gestionar los derechos como ellos quisieran. Cuando firman ser socios aceptan los estatutos de Agadu, prohíbe la gestión personal, ni siquiera se pudiera gestionar por un lado y ustedes por otro, ameritaría un cambio de estatuto, no es menor el cambio que le reportaría habilitar a sus socios utilizar este tipo de licencias, además esto puede formar un modelo de negocio que plantearon los músicos, puede ser difusión de su música sin fines de lucro que es válida esa herramienta, hoy en día no pueden por una incompatibilidad administrativa y de estatuto.

Podríamos juntarnos con Agadu, CC uy está abierto, también el día que los músicos lo pidan, CC uy no se impone está a las órdenes, hay ejemplos en Francia, hubo presión por varios sectores de la música y se sentaron con la gestora de música francesa junto a CC Francia a ver cómo podían hacer para compatibilizar las licencias con la gestión colectiva.

Cuando una banda con licencias libres va y toca en un lugar, si no son socios siempre y cuando no se pase música libre, el que paga es el lugar, en el caso de que sea el caso de la noche de la música libre, que no siempre es fácil.

Ellos en el listado de temas de una banda con todos los derechos reservados o con algunos derechos reservados piden los nombres de los temas para cerciorarse a quien pagarle.

Se especula mucho sobre los cobros de radiodifusión, teledifusión, reproducción etc.

Legalmente no puede circular la música, la ley está mal hecha, se considera reproducción hasta una copia temporal, es una cuestión técnica, es muy gracioso, de acuerdo a nuestra ley, Internet es ilegal.

Hasta es un delito penal por ejemplo el articulo 46c, dice que cualquier copia, reproducción sin fines de lucro y sin perjudicar al autor cualquier reproducción cae en esa figura penal es una multa la pena, hay que cambiar la ley.

La ley ni siquiera permite el streaming además de eso la banda que permite la descarga de un disco de acuerdo el estatuto de Agadu, la banda y los derechos de esa música tendrían que ser cobrados por Agadu teóricamente ellos no pueden cobrarlo porque no tiene manera de controlarlo, Internet no lo pueden controlar.

En el año 2013 se hizo la cumbre mundial en buenos aires, querían formar los capítulos que faltaban eran Paraguay y Uruguay, nosotros funcionamos como red y apoyamos, CC tiene cobertura en toda Latinoamérica.

¿En que beneficia a un músico licenciar su música con cc?

Tendrían que preguntarse cómo quieren llegar al público. La estrategia que tiene la oficialidad, o Agadu las líneas conservadoras de la difusión de la cultura son represoras, el usuario hoy se está revelando a eso, tenemos los medios para acceder, entendemos que ustedes tienen que vivir de esto, pero también la falta de excepciones de fines educativos hace que el usuario lo vea como algo violento, para el músico como estrategia no le da marketing la oficialidad, lo condicionan y lo restringe, muchas veces hay usos que benefician al interprete más de lo que lo perjudican, poner tu música en la web, en que pueda circular libremente, si alguien quiere usarla se contacte con vos y puede llegar a un acuerdo con vos mismo. Las licencias son para terceros uno puede vender su música con CC, es contactarse con el artista por más que tu licencia sea no comercial, vos la podes vender si quisieras, por eso es importante dejar un contacto de mail o especificar esas cosas y llegar a un acuerdo.

No todos los artistas tienen el mismo nivel de difusión y llegada a público. Lo establecido está beneficiando a los que llegaron a algún lugar no al que quieren que su música se escuche. El artista es libre de decidir que libera y que no libera.

¿El músico vive de los derechos de autor?

En los hechos ningún músico vive de los derechos de autor. Ni Jaime Roos vive de los derechos de autor, porque el ingreso que tiene un músico no es por vender copias eso es a la disquera no al autor, el mundo autoral es muy amplio pensando en música, el ingreso que tiene el músico es vendiendo servicios, un toque, cuando es conocido trabajar en un comercial, generando proyectos, en donde puedan poner su música, se vive por el trabajo que hace, por eso insisto en las estrategias, el derecho de autor es un cobro más, son chirolas, vamos a replantear el modelo de negocios. Vivir por los derechos de Autor es mentira.

Está el discurso, de Agadu, de Sudei, de los que gestionan los derechos y dicen que los derechos de autor son el centro de los ingresos y no es así también hacen hincapié en que hay que pelar por eso y nada más, se descuida al artista como trabajador, y su seguridad social, La ley de derechos de autor no tienen normas que protejan al autor tiene normas que protegen los derechos de autor. En Uruguay esto está bastante desprotegido.

Faltan políticas públicas, que cuiden a los artistas, buenas normas de seguridad social, proteger al artista como trabajador.

Hay muchos intereses en las instituciones y corporaciones, por encima del autor, no se quiere mejorar la calidad de vida del artista, cuando estos ya están formados tienen fines económicos y hasta institucionales. Se olvida a la cultura.

¿Hay un catálogo de música libre en Uruguay?

Si https://www.creativecommons.uy/musica-uruguaya-con-licencias-creative-commons/ . Fue iniciativa de Salvador García, está la idea de hacer un sitio de musicalibre.uy, es importante jerarquizar el movimiento de música libre en Uruguay, surgió por contagio, de enterarte, de que eran los derechos de autor, de las formas alternativas, sin caer en la ilegalidad del que lo está descargando.

También se está planificando el tercer festival de Música Libre en Uruguay

Creative Commons recibe preguntas desde su página sobre cualquier consulta, cómo licenciar un disco con licencias libres, generar un hipervínculo, programas para insertar metadatos e insertar para que las licencias que viajen con la música.

Hay plataformas que te marcan la licencia, por ejemplo Jamendo, Soundcloud, Bandcamp donde podés elegir tus licencias Creative Commons.

La información y los enlaces fueron sacados de la página oficial de Creative Commons Uruguay.
Entrevista por: Harold Coloriuris ([email protected])
Foto por: Yubert Caetano

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