La LUC y la muerte de la Educación Pública

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@mateamargouy

Prof. Marina Cultelli

Informe del conversatorio “Mesa redonda sobre los cambios propuestos en el anteproyecto de la LUC vinculados a la educación” de FHCE-UDELAR del jueves 12 de marzo de 2020

El 12 de marzo en el  salón de actos de la FHCE( Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación), se desarrolló la “Mesa redonda sobre los cambios propuestos en el anteproyecto de la LUC vinculados a la educación”. Bajo la coordinación de Eloísa Bordoli, participaron el rector de la Udelar Rodrigo Arim, la decana de FHCE Ana Frega, Pablo Martinis, Jorge Camors, Andrea Díaz y Agustín Cano.

Ana Frega calificó esta situación como un sumario que “afecta las instituciones de ANEP”, en contra del funcionamiento democrático y mencionó a la Ley Orgánica de la Udelar enfatizando una educación con justicia social. Mencionó también, que la LUC limita el derecho a la realización del Congreso Nacional de Educación que están previstos en la ley actual con una periodicidad de 5 años. Esto desvirtúa a la “Educación como bien público, una educación inclusiva y a lo largo de toda la vida”, como se plantea en la Ley General de Educación (LGE); elimina la coordinación de Udelar con los entes de ANEP, que aparecen nombrados como “elementos educativos”. La decana concluyó su intervención planteando que “Generar instancias de articulación ANEP-Udelar fue un logro de la Ley General de Educación”.

Efectos y consecuencias de la LUC en la Udelar. 

Agustín Cano le siguió en el uso de la palabra diciendo que“No existen en nuestro país antecedentes de esta naturaleza”. De los 500 artículos muchos afectan a la Udelar y no solamente en el apartado “Educación”. Para Cano “el rasgo estructural de la LUC tiene implicancias en la supresión del Sistema Nacional de Educación Pública”.  El Artículo 83 de la LUC, elimina la representación con UTEC, y la misma pasa a las universidades privadas. Además se posterga la concreción de cogobierno y autonomía. Al remitirse a uno de los asuntos más mencionados: el de las reválidas, expresó que el MEC no cuenta con capacidades académicas para ello.Calificó esta situación de “contenido simbólico” contra la Ley Orgánica (contraria a la mercantilización de la Udelar y de la educación) y citó el Artículo 268 de la LUC. Allí se dejan ver cambios para los Institutos de Formación Docente ya que los estudiantes de IFD recibirán becas para instituciones universitarias privadas. La educación será concentrada en el MEC, impulsor de instituciones privadas.  Uruguay es considerado un mercado educativo y para poder instrumentarlo se precisan los cambios jurídicos que en este sentido propone la LUC.

Libertad de Cátedra

Al tomar la palabra la profesora Andrea Díaz, abordó el tema que definió como “Poder pensar sin miedo a ser castigado”. Díaz marcó su preocupación de que en la LUC la libertad de cátedra se quiere sustituir por el concepto de autonomía técnica.  Situó este concepto vinculado a la “libertad de la cultura”, a la “laicidad como concepto en disputa”, a la “libertad de conciencia, a la separación de la iglesia del estado, a la libertad de enseñar y de aprender”. Mencionó el derecho a “tomar una postura, a tomar partido”. En la LUC, este asunto se intensifica cuando se aumenta de nivel educativo porque “cuando el nivel educativo es más alto, la libertad de cátedra está más vigilada”. En Uruguay se practica la libertad de cátedra en todos los niveles educativos.  “¿Qué amenaza la libertad de cátedra? Amenaza el neoliberalismo, el patriarcado, el colonialismo /…/ La educación está amenazada”, porque quieren convertirla “en sucursal comercial y consorcio de firmas internacionales“(LUC, Art. 14)

Defensa de la Educación pública

Jorge Camors argumentó refiriéndose a que la actual Ley General de Educación será suplantada por  la LUC. “Entre la LGE y la LUC existen dos concepciones”. ”La LUC es un discurso pedagógico de política educativa”. Modifica 55 artículos de la llamada Ley de Educación, deroga 8 leyes y anula aproximadamente más de una decena de artículos”.  “La Ley de Educación es la primera ley de educación del país, ya que en nuestro país lo educativo se fue legislando por fragmentos”, señaló. La misma, que fue muy participativa, recoge y se fundamenta en la política educativa de la UNESCO, sobre la “Educación para todos a lo largo de toda la vida”.  En la LUC, “¿dónde está el para todos y para toda la vida?” Camors, hizo una conexión comparando el pasado con la defensa del principio de autoridad con la Reforma de Rama de los años 90. Hizo alusión al “principio vertical de autoridad”, que impide la discusión colectiva horizontal, donde también desaparece la formación integral. En educación inicial manifestó su preocupación de que pase a la esfera del INAU desconectado del sistema educativo. La LUC “no privilegia el desarrollo humano”, concluyó.

Aumento de la tensión entre lo público y lo privado

“¿Sistema Nacional de Educación Pública?”, comenzó preguntándose Pablo Martinis: “la LUC lo suprime”. Sus enunciados fueron: 1 – “Sistema Nacional de Educación Pública”. 2 – “Formación Docente”. 3 – “Política sobre el trabajo docente y creación de un estatuto paralelo al estatuto docente ya existente”.

Sobre la privatización de la educación, advirtió en que la LUC,  al quitar el adjetivo “pública”, el carácter es de una educación privada en la que se instala una “coordinadora”, que está integrada por actores privados, de la policía, y el peso de la Universidad se reduce a dos representantes dentro de la misma. Para las autoridades de la ANEP ya no se precisarán 10 años de actividad en educación pública, poniéndose de relieve los modelos de dirección privada; y los consejeros del CODICEN no serán elegidos sino designados.

Se conforma un “Programa de fortalecimiento de formación docente”, donde el MEC centraliza todo y se plantean becas para estudiantes de Formación Docente para las universidades privadas.  El Art.166 plantea un procedimiento voluntario de reconocimiento de títulos y cada instituto podrá instalarse como universitario, lo que significa que se promueve la instalación de un principio de competencia. El Art. 138 vela por tomar en cuenta el compromiso con el proyecto docente y  habrá compensaciones salariales supeditadas a metas educativas en función de los logros propuestos. Lo peligroso es que son los directores quienes deciden con sus evaluaciones, quienes tienen o no compromiso con el proyecto docente, que debido a sus logros obtendrán o no compensación salarial. “Con los planteles estables estamos de acuerdo”, siguió Martinis, pero no con lo demás, que queda librado a la subjetividad de la evaluación de la dirección.

La LUC abre las puertas para un sistema educativo fragmentado al estilo de las escuelas chárter donde el carácter público queda limitado solamente a lo gratuito e impulsa un nuevo modelo educativo que se verá indisolublemente relacionado con el presupuesto.

Atentado a la democracia

“Sin discusión de motivos ni argumentación, la LUC atenta contra la democracia”, alertó el rector Rodrigo Arim. “En dos meses el parlamento vota y la LUC se transformará en un nuevo paradigma”, que nos ubica como “prestadores”. Por encima está el MEC, y “los prestadores somos responsables de la implementación de esas políticas administrativas.” Se plantea la incorporación de mecanismos de contratación del estado que significan la eliminación de adquisición de equipamiento científico comprado directamente por UDELAR. El plan de Educación a nivel nacional se va a discutir vinculado al presupuesto y los mecanismos de renta pública irán al sector privado.

Ya “no existe más el Sistema Nacional de Educación Pública, queda eliminado. Esto genera disparidades y fragmentación del sistema público” “¿Qué tipo de Educación pública queremos? Los espacios de coordinación han sido escasos pero han existido” En cambio ahora todo depende de la “veleidad de las instituciones de turno”.  “Queremos multiplicar espacios de discusión /…/Queremos una educación inclusiva y para toda la vida”.

 

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