ANCAP o LUC. Que el pueblo decida

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@mateamargouy

Gabriela Cultelli y Hector Tajam

Uruguay cuenta con una base de soberanía y de estrategia en el campo de las comunicaciones, el transporte y la energía que configura una de las respuestas al lugar destacado que nuestro país ocupa a nivel mundial y regional en los diversos campos de la economía y de la sociedad del siglo XXI. La otra parte de la respuesta se encuentra en el carácter público y estatal de las empresas referentes en cada uno de esos tópicos.

Esto no es compartido por quienes llevan adelante la política económica del elenco gobernante hoy en Uruguay, fieles representantes del empresariado privado que todo lo sabe, y el que en las crisis cíclicas del capitalismo que lideran se preguntan ¿Quién fue? ¿otra vez el estado? Por ejemplo, prefieren comprar combustible en el exterior que refinar el petróleo en una empresa pública nacional, resignando la creación de valor agregado que ello implica, los empleos, los salarios, los ingresos fiscales. En 2019, el valor agregado por la actividad industrial global de ANCAP ascendió a 522 millones de dólares, de los cuales 126 millones correspondieron a la refinería de petróleo, según declaraciones de su presidenta Marta Jara1. En esa misma entrevista aseguró que “Refinar en Uruguay constó 52 millones de dólares menos que importar”.

ANCAP Y LA LUC

El proyecto original de la Ley de Urgente Consideración (LUC) enviado en abril al Parlamento incluía un artículo mediante el cual se eliminaba el monopolio de ANCAP en la importación, exportación y refinación del petróleo, pasando la empresa estatal a integrar un pool de empresas que abarcaría todas esas actividades, compartiendo nada menos que las instalaciones y la capacidad de almacenamiento de la empresa estatal. Para el privado un negocio seguro, para ANCAP el desastre compartiendo su principal fortaleza: las escalas de producción.

Esta propuesta, igual a la que el gobierno de Jorge Batlle había presentado en 2003 y derogado por plebiscito en diciembre por un 62% de votos afirmativos, finalmente naufragó por desacuerdos internos en la coalición de gobierno. Pero el intento desmonopolizador, o de libre importación, subsistió en la LUC en los artículos 235 a 237, a través de la constitución y regulación de un Mercado de Petróleo y Derivados, del cual ANCAP está prácticamente excluida.

En el artículo 235, el informe de la URSEA determinará el precio de los combustibles, ya no ANCAP. Se define como un “informe preceptivo”, es decir que debe ser cumplido obligatoriamente, como una orden, que calculará el Precio de Paridad de importar de cada combustible terminado, más su costo de distribución y los impuestos, y en función de ello se definirán precios cada dos meses (sesenta días), independientemente de los volúmenes almacenados. Es una fijación de precios técnica, alejada de la política económica que siempre debe estar presente en una empresa estatal que no se maneja solamente por criterios mercantiles, sino de estrategia de desarrollo y sostenibilidad global nacional.

El artículo 236 determina la revisión integral de la metodología de cálculo, algo que está muy cuestionado. Se argumenta que es para reducir el precio final de los combustibles y dar más competencia al mercado. Sin embargo, en cuanto a la reducción de precios, se utiliza como base el Precio de Paridad de Importación (PPI, cálculo del precio de importación de cada derivado de la refinación del petróleo). Al respecto recogemos un análisis de Daniel Olesker, que compartimos: “El primer error es que estos informes comparan precios internos y de PPI por productos, como el de la nafta y el gasoil. Quienes trabajan en este tema saben que el producto de la refinación es un mix de diferentes bienes, variados combustibles líquidos y gases, que no pueden obtenerse de manera separada y, por lo tanto, las comparaciones deben realizarse sobre el conjunto de esa mezcla de producción y no sobre productos aislados, como la nafta y el gasoil. Además, existen productos de ANCAP que presentan precios internos por encima de los precios de paridad, mientras que otros están por debajo. Incluso si miramos este proceso con un horizonte temporal más largo, podemos ver un proceso de convergencia entre los precios internos y los de PPI, tanto en unos como en otros. Y esto tiene que ver con el hecho de que la producción de combustibles es una política pública con subsidios cruzados, como el del supergás. Este razonamiento vale para la decisión de liberalizar tanto la producción e importación como la distribución. ¿Alguien se ha preguntado por qué Uruguay tiene, a diferencia de otros países, similar precio de la nafta a la salida de la refinería y a 500 kilómetros? La respuesta es: porque el flete es subsidiado por Ancap. ¿Alguien cree que un privado haría el subsidio? No”.2

Como decíamos anteriormente, todo esto pone en serios peligros una infraestructura estratégica para el país y sus habitantes. Tan es así que hasta la consultora CPA Ferrere en su estudio «El precio de los combustibles en Uruguay» alerta:Por un lado, que se trata de un mercado donde existen economías de escala y, ´la libre importación no asegura necesariamente precios competitivos para los consumidores´. Esta acción, implicaría sustituir el monopolio de Ancap por un mercado oligopólico o incluso por un monopolio privado. Desde esta óptica, asegurar la provisión eficiente bajo un esquema de libre importación requiere: analizar las economías de escala y analizar la escala mínima eficiente del negocio de importación … Por otro lado, que esto podría afectar la viabilidad económica de la refinería de Ancap en la medida que sus procesos podría ubicarse «potencialmente por debajo de la escala mínima eficiente». La eventual pérdida de esta podría ocasionar costos económicos como efectos patrimoniales sobre el sector público y pérdidas de empleo”3.

El artículo 237 crea un Comité de Expertos para proponer al Parlamento la aprobación de una Reforma del Mercado de Petróleo Crudo y Derivados, que entre otros temas polémicos contiene el cuestionamiento de los subsidios directos e indirectos que operan en y entre las diferentes actividades que desarrolla ANCAP. Especialmente los que se desarrollan en competencia (gas, cemento, biocombustibles). Corre peligro entonces el subsidio al supergas, al flete y precio único en todo el territorio, al boleto estudiantil. Incluso se intenta cerrar la planta de ALUR, que ha contribuido a disminuir la dependencia del petróleo y a combatir el cambio climático4, y a mantener el empleo en una zona siempre postergada del país, sin olvidarnos que fue quien nos abasteció de alcohol en gel durante la pandemia.

El apartado (A) del artículo encomienda al Comité de Expertos a un estudio sobre las actividades de ANCAP de acuerdo a las posibilidades de la actual infraestructura del país. La intersocial promotora del referéndum lo interpreta como una afirmación de “que la infraestructura de ANCAP está sobredimensionada, con el claro objetivo de arrendar a privados la infraestructura logística del Ente y cerrar plantas de abastecimiento del interior”5.

Son muchos los argumentos para derogar esos 135 artículos de la LUC, y muy especialmente estos tres referidos a nuestra empresa pública, que además encierran objetivos y sobre todo promesas de combustibles baratos que son una ilusión, como tantos compromisos electorales que hoy ya se ven imposibles de cumplir.

1 https://www.subrayado.com.uy/ancap-gano-26-millones-dolares-primer-semestre-n542822

2 https://brecha.com.uy/el-modelo-privatizador-y-concentrador-en-la-luc/ “El modelo privatizador y concentrador en la LUC”. Daniel Olesker

3 https://www.cpaferrere.com/es/novedades/el-precio-de-los-combustibles-en-uruguay/

4 Desde el año 2009, a partir de la producción de biocombustibles ALUR ha contribuido a mitigar el cambio climático con la reducción de 773.795 toneladas de CO2. Lo que equivale a que dejaran de circular 222.128 vehículos. Fuente: alur.com.uy

5 Primeros comentarios a los artículos de la LUC elegidos para someter a referéndum

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