Chile y el canto del gallo negro

0

Por Colectivo Mate Amargo

 

“Cuando canta el gallo negro

Es que ya se acaba el día

Si cantara el gallo rojo

Otro gallo cantaría”

(Chicho Sánchez Ferlosio)

Luego de idas y venidas, según marcaron las reglas y sobre todo los tiempos en el país hermano, un nuevo texto borrador se puso a disposición para discutir entre 50 constituyentes, que el 7 de junio comenzaron sus sesiones, tras elección ganada por la derecha un mes antes.

Este proceso ni siquiera podemos decir que viene de la derrota de la constitución propuesta en plebiscito popular en el 2022. Viene de muy atrás en las luchas populares, incluso de aquellas rebeliones jóvenes y de vanguardia que se dieron antes de la pandemia dónde mucha juventud perdió los ojos o le tocó la muerte. Las vanguardias son imprescindibles y más tarde o más temprano tienen su consagración histórica, a veces dolorosamente tarde, pero cuando se consagran dejan de ser vanguardias y se convierten en esa masa nueva que como construcción colectiva el Che llamó “hombre nuevo” y que hoy con el avance del lenguaje inclusivo nos gusta llamar “persona nueva”. De hecho, las vanguardias son imprescindibles, pero no alcanzan, o apenas dan para comenzar.

Volviendo al tema en cuestión, en este 2023 y una vez derrotada el 12 de septiembre del 2022 la opción “Apruebo”, el Congreso de la Nación instaló una mesa con representación de las diferentes fuerzas políticas y tras complejísimas negociaciones se llegó el 12 de diciembre a definir las bases y los órganos que actuarían, entre ellos el “Consejo de expertos” redactor del anteproyecto. El anteproyecto que se comportará como insumo llegó a su fin el 30 de mayo, tras elección de la asamblea constituyente con amplia mayoría de derecha.

Más que comentar el proyecto borrador que comienza ahora su última etapa de reformulación en la asamblea constituyente, elegimos reproducir a continuación la declaración que al respecto hiciera la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH). Pero antes recordar el final de la canción con que comenzamos este artículo:

“gallo negro gallo negro

Gallo negro te lo advierto

no se rinde un gallo rojo

solo cuando ya está muerto”

DECLARACIÓN PÚBLICA

“La Comisión Chilena de Derechos Humanos desea manifestar su preocupación por el texto aprobado por la denominada Comisión Experta, pues significa un grave retroceso en materia de Derechos Humanos para nuestro país. Pese a contar con un catálogo de derechos fundamentales, es alarmante cómo muchos de ellos son reflejo de un reconocimiento meramente formal, sin contenido sustantivo ni esencial.

Este preocupante retroceso queda en evidencia pues la propuesta de texto constitucional desconoce que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos que incluye el principio de Ius Cogens, la jurisprudencia internacional y los principios generales del Derecho Internacional Público, deben ser el marco referencial obligatorio de las demás disposiciones, soslayando las obligaciones contraídas por el Estado de Chile al momento de suscribir y ratificar los diversos tratados internacionales sobre la materia, que son las de respetar y garantizar los derechos humanos allí consagrados. Además, omiten el carácter supraconstitucional de los derechos humanos y su carácter fundante del Estado de Derecho, pues se decide entregar al Congreso la atribución de integrar y adaptar los tratados internacionales al ordenamiento jurídico interno.

El nuevo texto conserva la esencia de la Constitución de 1980, impuesta por la Dictadura cuyo proyecto de sociedad consagrado normativamente, tanta vulneración a los derechos más esenciales ha provocado a millones de chilenos y chilenas, especialmente en materia de derechos sociales. En efecto, el texto se limita a una simple referencia de los elementos prestacionales de los derechos fundamentales, limitándose a señalar que serán otorgados por el Estado o particulares. En esa misma línea, la propuesta constitucional mantiene el carácter subsidiario del Estado, lo cual se refleja en el uso reiterado de la conjunción “y” en vez de “o”, aludiendo a una coexistencia permanente obligatoria de entes públicos y privados, y comprendiendo al Estado como un contratante o competidor privado en sus actos prestacionales que no debe afectar la libre competencia ni el derecho a dominio garantizado en la misma Carta Fundamental.

Esta reprochable situación también se expresa en la regulación constitucional del derecho a la educación, donde se mantiene una primacía sustancial de la libertad de enseñanza por sobre el derecho mismo de recibir educación y su contenido esencial. En la práctica, se garantiza una modalidad concreta de la libertad económica y contractual, como también, del derecho de propiedad ampliamente sobreprotegido en la propuesta, en vez de garantizar el derecho a la educación de las personas.

Es preocupante, además, que el texto tipifique un delito penal a nivel constitucional, el terrorismo, confundiéndolo además con lo que constituyen los delitos contra la seguridad del Estado, una de las herencias más sensibles y cuestionadas del orden constitucional legado por la dictadura.

En materia de sistema político, se propone un determinado porcentaje arbitrario y alto de votos válidamente emitidos para conservar la legalidad a los partidos políticos, vulnerando con ello la libertad de asociación, expresión, pensamiento, conciencia y los derechos políticos de las personas, como también, fomentará la lejanía de la institucionalidad con la misma ciudadanía que gobierna o administra, la falta de legitimidad, la poca o nula participación cívica y el desarrollo de tecnócratas y burócratas que deformarán las instituciones y poderes del Estado. Esto último es especialmente preocupante, considerando la baja legitimidad del sistema político actual y sus instituciones, una de las causas detonantes del estallido social de octubre de 2019.

En definitiva, la propuesta elaborada por el Consejo de Expertos no da respuesta a las graves problemáticas institucionales y sociales que afectan a nuestra convivencia y por tanto, no garantizan la paz social ni el respeto de los derechos humanos como fundamento de la plena realización de la dignidad humana a la que aspira la inmensa mayoría de la ciudadanía.

Cuando se inició el actual proceso constitucional, la Comisión Chilena de Derechos Humanos reprochó su génesis por ser contraria a los derechos humanos y denunció al Estado de Chile ante el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) por vulnerar el derecho de libre determinación del pueblo chileno y el derecho a la participación ciudadana, ambos consagrados en los pactos internacionales vigentes y obligatorios en nuestro país.

Hoy queda en evidencia que desconocer la soberanía popular y su libre ejercicio, sólo tenía por finalidad perpetuar un orden social injusto que viola los derechos humanos de la inmensa mayoría de chilenas y chilenos. Del Consejo Constitucional, órgano elegido para revisar el texto de la Comisión Experta y que está mayoritariamente integrado por quienes han manifestado permanentemente su deseo de no cambiar la actual Constitución impuesta por la dictadura de Pinochet, sólo puede esperarse que el texto final que apruebe y sea sometido a plebiscito en diciembre próximo, será aún más atentatorio a los derechos humanos de los chilenos y chilenas.”

COMISION CHILENA DE DERECHOS HUMANOS

Santiago, 7 de Junio de 2023.-

Comments are closed.